¿Puedo pagar mi plan de pago de bancarrota del capítulo 13 antes de tiempo?
On diciembre 1, 2021 by adminLa característica principal que separa el Capítulo 13 de la bancarrota del Capítulo 7 es la «reorganización» o plan de pago del Capítulo 13. Este plan de reembolso está diseñado para ayudar a los deudores a mantener su propiedad a cambio de pagar gradualmente una cierta parte de sus deudas, por lo general en el transcurso de tres a cinco años. Pero, ¿qué ocurre si no quiere esperar tanto tiempo y prefiere quitarse de encima los pagos por adelantado? ¿Es posible completar el plan de pagos antes de lo previsto? En esta entrada, nuestros abogados especializados en quiebras le explicarán algunos de los posibles obstáculos para el reembolso anticipado del Capítulo 13, y explorarán métodos alternativos para modificar su plan de pagos.
Razones para no pagar a sus acreedores del Capítulo 13 por adelantado
La mayoría de las personas asumirían lógicamente que cuanto antes puedan pagar sus deudas del Capítulo 13, mejor. Los acreedores obtienen su dinero, el deudor se libera de sus obligaciones y el caso concluye mucho antes: una situación en la que todas las partes implicadas salen ganando.
O al menos, eso es lo que uno pensaría. Aunque el reembolso anticipado no es necesariamente imposible, existen algunos obstáculos potenciales que los deudores deben conocer.
Para empezar, es importante entender que no se puede proceder simplemente con un plan de reembolso acelerado a discreción. Por el contrario, es absolutamente crítico que usted confirme sus intenciones financieras con sus acreedores y obtener la aprobación del tribunal de bancarrota que supervisa su caso. El tribunal debe conceder su aprobación antes de que usted pueda modificar su plan de pago.
Esto se debe a que los deudores normalmente deben adherirse a las disposiciones del «período de compromiso aplicable», o la duración mínima del plan de pago, que se determina por los ingresos del deudor. Si usted gana más que la media estatal para un hogar de tamaño equivalente, su período de compromiso aplicable se fijará en cinco años. Si gana menos, su período de compromiso se reducirá a tres años. Los periodos de compromiso aplicables son fijados por la ley federal de acuerdo con el 11 U.S.C. §1325 (Confirmación del Plan).
¿Pero por qué es tan importante el cumplimiento del periodo de compromiso aplicable? ¿Por qué iba a rechazar el tribunal su petición de terminar su plan antes de tiempo?
Una de las respuestas se deriva del flujo potencial de sus futuros ingresos disponibles. Por lo general, sus acreedores tienen derecho al 100% de sus ingresos disponibles, es decir, los ingresos que quedan después de pagar los gastos básicos y necesarios. Hipotéticamente hablando, si usted recibiera un aumento de sueldo, una herencia u otro tipo de beneficio financiero después de terminar su plan debido al reembolso anticipado, sus acreedores podrían sufrir una pérdida financiera.
En lugar de acortar su plan de pagos, en la mayoría de los casos, sus acreedores (y el administrador que maneja su caso) intentarán aumentar sus pagos. En otras palabras, solicitar un plan acortado podría en realidad trabajar en su contra al hacer sus pagos más altos – sin cambiar otras variables.
A pesar de estos posibles obstáculos, puede ser posible acortar con éxito la duración de su plan negociando cuidadosamente con sus acreedores. Buscar representación legal puede ayudar a aumentar la probabilidad de que su solicitud de modificación del plan sea aceptada por el tribunal que maneja su caso.
Modificación de su plan de pagos de bancarrota en Pensilvania
Buscar la aprobación de un plan de pagos acortado puede ir en su contra financieramente, y para muchos deudores, no es un curso de acción favorable. Sin embargo, usted puede ser capaz de modificar su plan de manera más ventajosa a través de otros medios.
Por ejemplo, si usted está interesado en reducir sus pagos mensuales a sus acreedores, su abogado de bancarrota puede ser capaz de ayudarle a obtener una moratoria del Capítulo 13. Esta moratoria le dará una pausa temporal de su calendario de pagos, normalmente limitada a un período de 90 días. Una moratoria puede ser útil si usted ha sufrido de una lesión a corto plazo, la pérdida de empleo a corto plazo, u otro cambio temporal en sus circunstancias financieras. La moratoria no cambiará otros aspectos de su plan, incluida la fecha de finalización original.
Si ha sufrido un revés a largo plazo, como una lesión extremadamente grave, es posible que pueda modificar su plan de forma permanente. Sin embargo, incluso si el tribunal aprueba su solicitud de modificación permanente del Capítulo 13, seguirá estando obligado a pagar sus deudas prioritarias (como la pensión alimenticia y la manutención de los hijos), así como sus deudas garantizadas (como los préstamos para automóviles y los pagos de la hipoteca). Dependiendo de las circunstancias financieras únicas del deudor, tales modificaciones pueden ser permisibles de acuerdo con el 11 U.S. Code §1329 (Modificación del plan después de la confirmación), que establece lo siguiente con ciertas calificaciones:
En cualquier momento después de la confirmación del plan … el plan puede ser modificado, a petición del deudor, el fiduciario, o el titular de un reclamo no garantizado permitido, para: aumentar o reducir el importe de los pagos de las reclamaciones de una clase particular… ampliar o reducir el tiempo de dichos pagos; alterar el importe de la distribución a un acreedor… reducir los importes a pagar en virtud del plan por la cantidad real gastada por el deudor para comprar un seguro de salud para el deudor.
Además, usted puede calificar para una descarga de dificultad si una emergencia debe surgir.
Nuestros abogados de bancarrota de Pennsylvania pueden ayudarle
Si usted está pensando en declararse en bancarrota en Pennsylvania o Nueva Jersey, o si necesita ayuda para modificar su plan de pago del Capítulo 13, los experimentados abogados de bancarrota de Young, Marr & Asociados pueden ser capaces de ayudar. Para establecer una evaluación gratuita y confidencial de su caso, llame a nuestras oficinas legales hoy mismo al (609) 755-3115 en Nueva Jersey o al (215) 701-6519 en Pensilvania.
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